Trabajo y Compartir las Ganancias

El trabajo, si es bajo relación de dependencia, recibe como retribución un salario. Dependiendo de las circunstancias o del contexto hay conceptos que pueden estar incluidos o no dentro del mismo (productividad, presentismo, etc.) y otros que no “cuadran precisamente” con la definición clásica de salario como es el de participar en el excedente o ganancia de la empresa.

Las ganancias, en el capitalismo y bajo el régimen de propiedad privada de los medios de producción, corresponden a los capitalistas. Esta es la concepción “clásica”. Sin embargo se dan muchas experiencias y modalidades donde las ganancias se coparticipan con los trabajadores.

La participación en las ganancias es promovida por algunas normas. En el caso argentino la Constitución, en su artículo 14 bis, establece: “El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor, jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial”. Sin embargo este criterio establecido no ha sido reglamentado.

En el caso argentino un intento de reglamentación fue presentado el 16/9/2010, a través de un proyecto de ley del Diputado Héctor Recalde, bajo el Expediente No. 6837-D-2010, donde -en el artículo 5º- se fija un porcentaje del 10% de las ganancias netas anuales de las empresas a distribuir entre los trabajadores. En los fundamentos del proyecto se citan trabajos académicos para América Latina (como el Marinakis, 1999 – CEPAL), así como las experiencias de México, Chile y Brasil (1) Menciona también los casos de Canadá donde este régimen “se encuentra incorporado en la segunda parte del Acta Impositiva, división G, sección 144. Se trata de un plan de acuerdo diferido de ingresos entre el Estado y las empresas -establecido por primera vez en 1966-, por el cual estas últimas pueden optar, según el cual hacer participar a los trabajadores de las ganancias repercute en beneficios fiscales para las empresas. La alícuota también es variable, con un mínimo del uno por ciento. Estos montos no se destinan directamente al bolsillo de los trabajadores sino que componen fondos de la seguridad social. Estudios como el de Merrick (2006) muestran que el desempeño en materia de ganancias de las empresas que aplicaron este sistema fue mayor que el de las que no lo hicieron”.

También dice que “en el caso de Estados Unidos existe un sistema similar al canadiense, según el cual las empresas pueden optar por programas de participación laboral en las ganancias que crean fondos de garantías de la seguridad social, en especial para jubilaciones. La principal diferencia con el modelo canadiense y con los demás sistemas es que se permite utilizar un concepto de ganancia presunta en lugar de ganancia real, a través de una fórmula matemática, lo que permite que las erogaciones estén anticipadas. Según el estudio realizado por Kruse (1993) la productividad del trabajo era significativamente superior en empresas que decidían participar de estos programas, en un porcentaje similar al del caso canadiense”.

Así mismo se menciona el caso de Gran Bretaña. Allí “también se aplican métodos optativos para las empresas con incentivo fiscal. La participación de los trabajadores en las ganancias coexiste con otros sistemas, como el reparto de acciones a los trabajadores y la entrega de bonos anuales. El sistema nació en 1978 de modo obligatorio, y luego se lo hizo optativo a partir de 1980. A partir de 1987 se incorporaron deducciones impositivas a las empresas que eligieran participar sus ganancias. De acuerdo con la investigación de Blanchflower y Oswald (1988), en los años ochenta el veinte por ciento de las empresas británicas participaba a sus trabajadores de las ganancias, duplicándose el porcentaje en algunos rubros del sector de servicios. Las encuestas oficiales del Ministerio del Interior de Gran Bretaña muestran que las expectativas respecto al trabajo futuro en las empresas en las que se participan las ganancias son mayores a las de las empresas en las que esto no sucede. A su vez, Sandeep Bhargava (1994) realizó un estudio donde demostró que la rentabilidad neta – aun después de haberse pagado la participación de los trabajadores en las ganancias- de las empresas adherentes al sistema era superior a la de las empresas que no adherían, con lo que la participación laboral en las ganancias resultó, en el caso británico, beneficiosa para todos los sectores”. Podríamos agregar casos como los de Ecuador o, en general, el de las cooperativas que reparten sus excedentes entre los asociados.

Hubo distintas opiniones en la prensa o de entidades empresarias como CAME. Esta entidad, basándose en “Recomendaciones realizadas por el Consejo de las Comunidades Europeas sobre la participación de los trabajadores en los resultados de la empresa de fecha 27 de julio de 1992”, propone que esta participación se negocie en las Convenciones Colectivas de Trabajo. Esta última posición pareciera que, en el caso argentino (en el marco de disminuir la puja distributiva y promover una mayor justicia social acordada por sectores de actividad), pudiera tener viabilidad.

El tema que nos ocupa puede ser analizado desde distintas perspectivas muy diversas que van desde “el compartir” en el marco de una comunidad emprendedora en general, de cooperativas (2), empresas de comunión, etc., hasta fomentarlo bajo una variedad de capitalismo “popular” y más inclusivo, o de economías democratizadas. No sé si el lector compartirá que este pequeño paso va en dirección de un mundo mejor?

(1) También hay otros países de América Latina como Ecuador.

(2) Forman parte de la economía social y solidaria.

La Propiedad

Es un tema muy antiguo. Recientemente ha tomado una relevancia particular por algunas noticias internacionales y de países como Argentina (1), entre dos tipos de propiedad: la privada y la comunal (de los pueblos que toman denominaciones como originarios, ancestrales o aborígenes previos a la llegada del hombre blanco). En esta nota intentaremos precisar algunos conceptos.

Sabemos que los primeros grupos humanos compartían territorios (que iban cambiando en función de las condiciones ecológicas de los mismos) y alimentos a partir de lo que cazaban y recolectaban. Con el nacimiento de la agricultura en el Neolítico, se van delimitando los territorios donde aparece la propiedad común, se va perfilando una división del trabajo que se irá profundizando y un excedente. Dada esta mayor complejidad organizacional, se va pasando de un rol materno a uno patriarcal, y de una horizontalidad irán emergiendo liderazgos (caciques y sacerdotes) que también irán tomando cada vez mayor relevancia en el «cómo» se institucionalizará y gestionará la propiedad común (y que hoy adopta también la denominación de comunal en aquellas comunidades originarias que son realmente tales). Estos inicios han sido detallados en textos como «El origen de la propiedad, la familia y el Estado» de Engels, quien -a su vez- se basó en un texto del antropólogo Lewis H. Morgan. En el texto de Engels, en la página 88, dice “…Nada sabemos gasta ahora de cuando y como pasaron los rebaños de propiedad común de la tribu o de la gens a ser patrimonio de los distintos cabezas de familia; pero, en lo esencial, ello debió de acontecer en este estadio…”

Después ha tenido un largo derrotero hasta la actualidad con jalones importantes como con el derecho romano. De este largo derrotero sólo quisiéramos mencionar algunos puntos: las diferencias entre Platón y Aristóteles, y entre Marx y Proudhon, la aparición de la economía social, Locke y Fromm.

Aristóteles, en su texto La Política (Libro II, Capítulo II, Continuación del examen de “La república”, de Platón”), critica a Platón por su enfoque de la propiedad común (o comunidad de bienes) y propone combinar la propiedad privada y la mancomunidad (entre quienes tienen propiedad). Según Aristóteles «las explotaciones, estando todas ellas separadas, no darán origen a contiendas; prosperarán más, porque cada uno las mirará como asunto de interés personal, y la virtud de los ciudadanos arreglará su aplicación, de conformidad con el proverbio: «entre amigos, todo es común». Aún hoy se encuentran rastros de este sistema en algunas ciudades, lo cual prueba que no es imposible; sobre todo en los Estados bien organizados o existe en parte o podría fácilmente completarse. Los ciudadanos, poseyéndolo todo personalmente, ceden o prestan a sus amigos el uso común de ciertos objetos…»

En la modernidad, para autores como J. Locke , Dios creó el mundo, Dios dispuso de la propiedad común, y por ende Dios define la propiedad particular de cada individuo según el “trabajo” que realice sobre el estado común de la naturaleza.

Además del avance de la propiedad privada en la modernidad, hay un enfoque que retoma «lo común» bajo una de forma de propiedad (2) y de gestión de «economía social» (en particular el cooperativismo, y hoy en día otras modalidades de economía solidaria). Es el caso de los Pioneros de Rochdale y Robert Owen. Según la Alianza Cooperativa Internacional en la actualidad hay -aproximadamente- mil doscientos millones de personas que pertenecen a algún tipo de cooperativa y más de tres millones de cooperativas.

En esta etapa histórica, y desde la izquierda, tenemos el debate entre uno de los padres del anarquismo, como Pierre-Joseph Proudhon, a partir de su libro «¿Qué es la Propiedad? Investigaciones sobre el principio del derecho y del gobierno”, (donde menciona la famosa frase acerca de que «la propiedad es un robo»), y Carlos Marx, donde en su texto «Miseria de la Filosofía». entre otras cosas, dice“… Por lo tanto, el señor Proudhon reconoce su incapacidad de comprender el origen económico de la renta y de la propiedad. Confiesa que esta incapacidad le obliga a recurrir a consideraciones psicológicas y morales, que, estando en efecto remotamente relacionadas con la producción de la riqueza, guardan, en cambio, una conexión muy estrecha con la exigüidad de sus horizontes históricos. El señor Proudhon afirma que el origen de la propiedad tiene algo de místico y de misterioso. Ahora bien, ver misterio en el origen de la propiedad, es decir transformar en misteriosa la relación entre la producción misma y la distribución de los instrumentos de producción, ¿No equivale acaso, hablando con el lenguaje del señor Proudhon, a renunciar a toda pretensión en ciencia económica?…”  Aquí se observa, en el contexto de la modernidad, la insistencia de Marx por «objetivar» los fenómenos.

Sobre esto último, y en base a la nota de Eduardo Fidanza mencionada al final de la llamada (1), este dice: «…Me detendré brevemente en dos de estos desprejuiciados: Joseph Proudhom, el socialista devenido anarquista, y John Stuart Mill, el liberal utilitarista. No pudieron tener un origen más desigual: uno fue hijo de una humilde pareja de campesinos franceses; el otro, tuvo un padre intelectual y nació en una acomodada familia londinense. Ambos, sin embargo, poseyeron una pasión común: el profundo amor a la libertad y la convicción de que en torno a ella se construiría una sociedad mejor. La posición de Proudhon sobre la propiedad privada no le hace justicia. Su célebre proclama “la propiedad un robo” sepultó para la posteridad el discernimiento con que enfocaba el asunto. En realidad, su preocupación fue el equilibrio entre la posición privada y el derecho colectivo, que la propiedad irrestricta e improductiva alteraba. Debía garantizarse la propiedad privada de la tierra y aun la herencia, pero solo para los que la hicieran proliferar. Con Saint Simon, Proudhon creía que la sociedad debía organizarse en base al trabajo, no a la especulación. Stuart Mill, un liberal de frontera como se lo ha llamado, no estaba lejos del francés. Reformista, defensor del cooperativismo y la educación popular, arremetió contra la idea esencialista de la propiedad –“la propiedad es sagrada”– para puntualizar que era un derecho individual que sin embargo no podía entorpecer la equidad social. La cuestión para Mill como para Proudhon fue la ecuanimidad entre libertad y justicia que posibilitara una sociedad armónica. Un socialista libertario y un liberal con ideales sociales modelados antes por la sensibilidad que por la ideología. El desequilibrio entre libertad individual e interés social, anticipada por estos clásicos, posee otra manifestación que quisiéramos mencionar aquí, acaso para ayudar a pensar a los que con cierta ingenuidad proclaman en las calles la defensa irrestricta de la república. Hablamos del desfasaje entre las cuestiones constitucionales y el orden económico. O, con más precisión, de la vigencia de las constituciones políticas en contextos signados por severas desigualdades económicas…»

Uno de los que va a «subjetivar» este fenómeno es Erich Fromm, en su libro » Tener o Ser«. Pone relevancia en «ser» (destacando, por ejemplo, al Maestro Eckhart) y diferencia un «tener existencial» (todo lo que nos permite el desarrollo de una vida digna, y podríamos decir feliz) del «tener caracterológico» (relacionado con la posesividad y el dominio). En esta línea, y vinculado al papel del deseo (de consumo, de apropiación, de seguridad vinculado al tener…) expondrá Christian Arnsperger en su «Crítica de la Existencia Capitalista». Ligado a este último enfoque está la cuestión del desapego y la «no propiedad» (en el sentido del «tener caracterológico»).  El marxismo no visualizó la significativa relevancia de esta dimensión y consideró que «tomando el Palacio de Invierno», aboliendo la ley de la propiedad privada y estatizando todo (bajo el nombre de «socialismo»), iba a resolver definitivamente la cuestión de «la propiedad». Terminó creando una nueva clase, burocratizando el sistema y generando nuevas variedades de capitalismo.

Volviendo al tema inicial todos tenemos un mismo origen humano, con distintos aportes genéticos, como lo demuestra el avance en los análisis del ADN (actualmente existen muchas compañías que hacen este rastreo). Es importante conocer nuestros orígenes, y valorarlos, pero también poder armonizar el origen con un destino común. Este último si podemos hacer realidad la fraternidad y de la amistad social. Además debemos incorporar la cuestión «del uso» que hacemos de aquello que poseemos y por lo tanto la modalidad, destino y efectos de la gestión (o el «cómo»). A los efectos prácticos, referentes como Elinor Ostrom señalan que no importa tanto el quién detenta la propiedad, sino el cómo ella se gestiona.

Ojalá podamos pasar del tener caracterológico al tener existencial, así como converger a un postcapitalismo del cuidado y del compartir que nos permita cada día «ser más», tanto en lo personal así como Humanidad. Ello nos conducirá a un mundo mejor.

(1) A octubre de 2020, con motivo de la toma de un campo en la provincia de Entre Ríos (a raíz de un conflicto familiar), en la provincia de Buenos Aires (entre ellas la de localidad de Guernica), además de otras provincias, se escribieron notas como esta por parte de Rogelio Alaniz (entre otros temas aborda la cuestión de la propiedad) y esta por parte de Eduardo Fidanza.

(2) Karl Polanyi señala que la diferencia entre una economía capitalista y una economía socialista es la forma de institucionalizar el capital, es decir si la propiedad de ese capital se ha institucionalizado bajo forma privada (accionistas) o social en el caso del socialismo. Esto último habría que desagregarlo en dos: en la corriente socialdemócrata y de experiencias cooperativas se expresa como «propiedad social» (algunas corrientes lo expresan como «economía del trabajo» o bajo formas de cooperativas de trabajo (autogestionados) o de productores asociados, o «de los usuarios» cuando son cooperativas de servicios públicos o de consumo), en cambio en el caso del «socialismo revolucionario» es a través del Estado (con la excepción de un período de la experiencia de la ex Yugoslavia y de Tanzania, con la «autogestión») y, por lo tanto, como expresión de propiedad pública, colectivismo burocrático y similares (que incluyen el capitalismo de Estado). El tema de la propiedad común lo hemos abordado también en esta nota (ya mencionada más arriba).