Economía del Procomún

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Existen enfoques como los de la economía liberal o -más recientes- como los derivados de la hipermodernidad que se basan en una perspectiva individualista, donde se cuestiona todo lo vinculado con «lo común» (1). Cuando analizamos la cuestión de la propiedad hemos hecho referencia a que el tema se remonta a la antigüedad, por ejemplo en la distinta posición que tuvieron Platón y Aristóles sobre la propiedad privada y la propiedad común.

En esta nota nos interesa destacar que hay desarrollos científicos, como los de Elinor Ostrom (ver imagen de la entrada) -ganadora del Premio Nobel de Economía de 2009 (2)- que ha hecho aportes sustantivos sobre los denominados «bienes comunes». En su carrera académica ella examinó el uso de la acción colectiva, la confianza, y la cooperación en la administración de los recursos comunes desde un enfoque institucionalista de la política pública. Ha sido autora de numerosos libros en los campos de la teoría de la organización, la ciencia política y la administración pública. Ha enfatizado que la clave está en la gestión: la propiedad puede ser común, estatal, social o privada, pero si está mal gestionada colapsará (cada una con su particularidad).

En el enlace que venimos de colocar, entre otros elementos, se expresa que «en su trabajo fundamental El Gobierno de los Bienes Comunes (1990), estudia múltiples casos que muestran cómo gestionar y disponer colectivamente de recursos escasos. Como resumen de su investigación, Ostrom nombra ocho «principios de diseño» de una gestión estable de recursos comunes:

  1. Límites claramente definidos (exclusión efectiva de terceras partes no involucradas).
  2. Reglas de uso y disfrute de los recursos comunes adaptadas a las condiciones locales.
  3. Acuerdos colectivos que permitan participar a los usuarios en los procesos de decisión.
  4. Control efectivo, por parte de controladores que sean parte de la comunidad o que respondan ante ella.
  5. Escala progresiva de sanciones para los usuarios que transgredan las reglas de la comunidad.
  6. Mecanismos de resolución de conflictos baratos y de fácil acceso.
  7. Autogestión de la comunidad, reconocida por las autoridades de instancias superiores.
  8. En el caso de grandes recursos comunes, organización en varios niveles; con pequeñas comunidades locales en el nivel base. (3)

Los últimos trabajos de Ostrom enfatizan la naturaleza variada de la interacción entre humanos y sistemas ecológicos y busca crear un sistema formal general que permita identificar y estudiar los elementos o variables que influyen en la posibilidad de autogestión de las comunidades en relación al desarrollo de relaciones socio-ecológicas sostenible». También ha indagado sobre su aplicación al conocimiento.

En su texto de 1990 «propone una visión original sobre el problema de sobreexplotación de los recursos comunes planteado por Garrett Hardin, conocido como la Tragedia de los comunes. La visión de la autora es que los recursos comunes no necesariamente serán sobreexplotados como argumenta Hardin; por el contrario existen casos en los cuales, a partir de arreglos institucionales y contratos entre los interesados, los recursos comunes se explotan de manera sostenible». Hay múltiples ejemplos muy positivos como el manejo del agua para riego en la Provincia de Mendoza (Argentina).

En este texto, el Profesor Yochai Benkler, lo aborda desde una perspectiva jurídica y expresa que «el procomún puede dividirse en cuatro tipos basándose en dos parámetros:

  • El primer parámetro es si está abierto a cualquiera o solamente a un grupo definido. Los océanos, el aire y las redes de autopistas con ejemplos claros de procomún abierto. Diversas ordenaciones tradicionales de pastos o de zonas de riego son ejemplos clásicos, descritos por Eleanor Ostrom, de procomún de acceso limitado, en las que el acceso está limitado sólo a los miembros del pueblo o la asociación que «posee» de forma colectiva algunas tierras de pastoreo o sistemas de regadío definidos. Éstas pueden mejor considerarse expresiones de regímenes de propiedad común, en vez de procomún, ya que se comportan como propiedad de cara a todo el mundo excepto para los miembros del grupo que en conjunto los tiene en común.
  • El segundo parámetro es si un sistema de procomún está regulado o desregulado. Prácticamente todos los regímenes de propiedad en procomún limitado estudiados están regulados por reglas más o menos elaboradas –algunas formales, algunas sociales o convencionales– que gobiernan el uso de los recursos. Por otra parte, el procomún abierto varía mucho según los casos. Algunos tipos de procomún no están regulados en absoluto y se les llama procomún de acceso abierto. Cualquiera puede usar los recursos de este tipo de procomún a voluntad y sin pagar. El aire es de esta clase de recursos con respecto a la toma de aire (respiración, alimentación de una turbina). El aire es, sin embargo, un procomún regulado en lo que se refiere a la expulsión. Para los seres humanos individuales la respiración está ligeramente regulada por convenciones sociales: uno no se pone a respirar con mucha fuerza delante de la cara de otro ser humano a menos que se vea forzado a ello. El aire es un procomún mucho más regulado en la exhalación industrial –bajo la forma de controles de polución. Las áreas de procomún con más éxito y obviamente más reguladas en el panorama actual son las aceras, las calles, las carreteras, y las autopistas que cubren nuestra tierra y forman el fundamento de nuestra capacidad para desplazarnos de un lugar a otro. El recurso más importante que gobernamos como procomún abierto, sin el cual la humanidad no podría concebirse, es todo el conocimiento y la cultura previos al siglo XX, la mayoría del conocimiento científico de la primera mitad del siglo XX, y mucha de la ciencia y el aprendizaje académico contemporáneos».

De lo anterior se puede deducir que es una temática muy relevante, y -como demostró Ostrom y bajo la aplicación de determinados principios- los recursos comunes pueden gestionarse muy eficazmente. Es una visión muy realista y a la vez esperanzadora de lo que podemos hacer juntos en aspectos concretos que nos lleven a un mundo mejor.

(1) En este blog se ha desarrollado la temática de «lo común» desde una perspectiva filosófica-ideológica y política, desde un enfoque y práctica como economía del bien común, entre otras.

(2) Cuando le entregaron el premio, la Real Academia de Suecia expresó: “Elinor Ostrom desafió la concepción tradicional de que la propiedad común está mal administrada (…) y llegó a la conclusión de que los resultados son con frecuencia mejores que los predichos por las teorías estándares. Observó que quienes utilizan los recursos frecuentemente desarrollan sofisticados mecanismos de decisión y cumplimiento de las normas para manejar conflictos de interés, y caracteriza las reglas que promueven resultados positivos”. 

(3) Estos ocho «principios de diseño» se desarrollan más en la Tabla 1, de la página 355, de este número de Economía Crítica.

 

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