Economía Popular y Trabajo

Entre las distintas economías, sin duda está una «economía de baja densidad de capital«, generalmente informal, y relacionada con los denominados sectores populares. Es la comunmente denominada «economía popular». El Papa Francisco se ha referido a este tema. Luis Razetto, y José Luis Coraggio, han dado también precisiones sobre este concepto. Este último autor las define bajo las formas de “unidades domésticas, emprendimientos mercantiles familiares rurales y urbanos, “sector informal”, autoconsumo, trabajo asalariado” (además de otras referencias que se pueden mencionar), en general asociadas -como se ha expresado antes- a una economía de baja densidad de capital (que no es tenida muy en cuenta en los programas económicos). También hay iniciativas que toman la forma de economía social -como es en el caso argentino de cooperativas de cartoneros en el área metropolitana de Buenos Aires (o los que generan valor agregado en el reciclaje de productos electrónicos como este caso) o los cartoneros u otras ocupaciones que se realizan de manera individual informal. También en el caso argentino la Confederación de Trabajadores de la Economía Popular (CTEP) ha elaborado documentos y se ha dictado la ley 27345 que crea el «Consejo de la Economía Popular y el Salario Social Complementario» donde forman parte las organizaciones del sector.

La ley que mencionamos fue reglamentada por el Decreto No. 159/2017 y define Economía Popular como «toda actividad creadora y productiva asociada a mejorar los medios de vida de actores de alta vulnerabilidad social, con el objeto de generar y/o comercializar bienes y servicios que sustenten su propio desarrollo o el familiar«. El artículo 7° expresa que «los trabajadores de la economía popular registrados en el REGISTRO NACIONAL DE LA ECONOMÍA POPULAR podrán acceder al Salario Social Complementario, conforme a los criterios de elegibilidad y clasificación propuestos por el CONSEJO DE LA ECONOMÍA POPULAR Y EL SALARIO SOCIAL COMPLEMENTARIO, con sujeción a la disponibilidad de partidas presupuestarias asignadas a tales fines y promoviendo los derechos contemplados en el artículo 2° de la Ley N° 27.345«.

A su vez el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, por Resolución 201-E/2017, crea el Programa de Transición al Salario Social Complementario y sus destinatarios son «aquellas trabajadoras y aquellos trabajadores que finalicen, o finalizaran luego de la entrada en vigor de Ley N° 27.345, su participación en algunas de las líneas de asistencia económica individual del PROGRAMA TRABAJO AUTOGESTIONADO, en el PROGRAMA CONSTRUIR EMPLEO o en acciones especiales de empleo implementadas por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL orientadas a sectores de la economía popular«. En el Art. 3° se estipula que «las trabajadoras y los trabajadores destinatarios del PROGRAMA DE TRANSICIÓN AL SALARIO SOCIAL COMPLEMENTARIO percibirán en forma directa y personalizada una ayuda económica no remunerativa mensual de PESOS CUATRO MIL ($ 4.000), para su disponibilidad a través de una tarjeta magnética. Esta prestación dineraria tendrá por objetivo solventar, apoyar y promover los esfuerzos individuales y colectivos de los sectores sociales más postergados, dirigidos a concretar su fuerza laboral en un trabajo formal y de calidad«.

En el Art. 4°, de la Resolución, expresa que «el cobro de la ayuda económica del PROGRAMA DE TRANSICIÓN AL SALARIO SOCIAL COMPLEMENTARIO será incompatible con la percepción de: 1). una remuneración proveniente de un contrato laboral bajo relación de dependencia; 2) prestaciones contributivas por desempleo; 3) prestaciones previsionales; y 4) ayudas económicas provenientes de programas de empleo«.

Relacionado con esta temática a fines de febrero de 2024 el nuevo gobierno dictó el Decreto 198/2024 donde se elimina el programa Potenciar Trabajo y a sus beneficiarios se los canaliza en dos nuevos programas: «Volver al Trabajo» y «Acompañamiento Social». Habrá que analizar cómo se da esta transición y las características de la misma en cuanto a su efectividad, reconociendo que el anterior programa no cumplió -en general- con el objetivo de crear trabajo genuino.

La orientación de los trabajos de la economía popular pueden ser para sí mismos (por ejemplo de ayuda mutua entre familias o vecinos para autoconstrucción, reparación de sus viviendas, comedores para niños/as, posibilidad de ser prosumidores de la agricultura urbana, etc.) o para terceros. En este caso la modalidad puede estar vinculada a trabajos independientes informales, cooperativas (como las de los cartoneros), monotributistas sociales, monotributistas (de escala más baja de ingresos), etc. A veces se presenta la dificultad de formalización y referencias morales y técnicas (de quienes se postulan en la oferta de servicios) para que se efective el contacto entre trabajadores de la economía popular y sectores medios de otras zonas que necesitan de estos servicios. Al respecto pueden ser útiles plataformas virtuales orientadas a servicios de mantenimiento y construcción (como esta) o para tareas de servicio doméstico (como esta). Para ello es importante contar con el apoyo de referentes económicos, sociales o culturales, así como de ongs y del estado, que den testimonio o constancia de aval para sortear esta dificultad. Esto forma parte del necesario «capital social» que sectores medios o altos deberían aportar para que se pueda salir de la marginalidad. Algunos ejemplos concretos de articulación con sectores populares -en general vinculados a la inserción laboral- son los de la Fundación Pescar o el Programa Empujar que pueden ser de referencia para experiencias similares (con apoyo de parroquias, comunidades evangélicas, etc.) en ayudar a impulsar emprendimientos autónomos, de microempresas o cooperativas de servicios. Del mismo modo puede darse una articulación con las prácticas de extensión o solidarias (1) de las Facultades de Arquitectura o de Ingeniería, así como de Económicas (en cuanto a gestión) de distintas Universidades, o de la UTN, para tareas de capacitación y supervisión inicial de las tareas que realizan.

También hay iniciativas de grupos empresarios y movimientos sociales de articulación virtuosa con este sector. En esta nota, el empresario Gustavo Grobocopatel señala que «…. desde hace muchos años yo tengo un compromiso con la economía popular a través de un colectivo que se llama Argentina Armónica, donde un grupo de empresarios, movimientos sociales y políticos tratamos de pensar cómo resolver los problemas de la economía popular”. Algo ampliatorio se puede ver en este artículo.

En lo que se refiere a los sectores y tipos de trabajos (además de los ya citados más arriba), a continuación damos un listado tentativo y su posible articulación con otros actores:

  • Mantenimiento de Infraestructura Local: puede ser aplicado a plazas y parques (instalación de juegos y para ejercicio físico), bordes de las vías del ferrocarril, veredas, colegios, centros de salud y hospitales, colocación de redes de luminarias, agua, limpieza de tanques de agua, de fachadas, cloacas, gas y cables de tv e internet, señaléctica en paradas de colectivos, trenes y lugares públicos o históricos, limpieza de arroyos y drenajes, podas. Estos trabajos deben ser articulados con el estado nacional (por ejemplo ferrocarriles), provincial y en particular municipal
  • Construcción y autoconstrucción: está asociado a las siguientes profesiones como albañiles, plomeros, gasistas, electricistas, carpinteros, pintores, herreros, cerrajeros, vidrieros, instaladores de policarbonatos y acrílicos. Puede estar articulado con la Fundación de la UOCRA, ongs y plataformas virtuales.
  • Economía del cuidado, fundamentalmente liderada por mujeres que cumplen tareas en sus hogares y para terceras personas como empleadas domésticas, damas de compañía, auxiliares en cuidado de personas ancianas, con discapacidad y menores. Una experiencia muy interesante, expresada bajo la modalidad de economía social, es esta,
  • Forestación: plantas en general, plantas frutales y recolectores de paltas y otros frutos. Puede estar articulado con el municipio y viveros estatales, privados, facultades de AgronomÍa y el INTA.
  • Huertas urbanas en tierra y en acuacultura (ídem anterior en cuanto a posibles articulaciones), y más en general como esto.
  • Verduleros
  • Recicladores de cartón y papel, plásticos, vidrio, metales, circuitos eléctricos, neumáticos, construcción, orgánicos para compost y biogas, otros.
  • Animación deportiva y artística: en clubes, parroquias, potreros
  • Trovadores urbanos para actuar en medios de transporte, estaciones de trenes y subtes, plazas y parques.
  • Grafiteros/pintores artísticos para fachadas de edificios públicos, medianeras que dan al ferrocarril, vía pública en general o plazas, y en el caso de privados en acuerdo con sus propietarios.
  • Reparación de ropa, corte y confección, talleristas
  • Gastronomía: cocina, panadería y pastelería, en negocios estables o en ventas ocasionales (ambulantes, a domicilio, ferias populares, etc.)
  • Redes: empalmadores de fibra óptica
  • Instaladores de calefones solares y paneles solares
  • Jardineros
  • Floristas
  • Diarieros y puestos de venta de libros y revistas (usadas o nuevas)
  • Para control de plagas
  • Paseadores y cuidadores de perros
  • Peluqueros/as
  • Lustrabotas,
  • Cosmetólogas y manicuras
  • Delivery
  • Logística de mercadería
  • Vendedor ambulante o en lugares proporcionados por las autoridades locales
  • Remiseros/as,
  • Economía del conocimiento (replicando experiencias como esta), testadores de programas y programadores
  • Diseño de blogs y páginas web
  • Reparación de bicicletas
  • Reparación de motos,
  • Reparación de motores de bombas de agua, lavarropas y cortadoras de césped
  • Reparación de ropa, corte y confección, venta de ropa reciclada
  • Reparación de zapatos y zapatillas,

entre los principales (2).

En cuanto a la posibilidad de que los trabajadores de la economía popular se incorporen en Argentina a trabajos formales en relación de dependencia entendemos que depende de una macroeconomía ordenada (y de variables com el tipo de cambio y la tasa de interés), de la calidad y cobertura del sistema educativo y de formación profesiones, así como de otras cuestiones generales y condiciones regionales. Respecto de estas últimas será mucho más difícil en el conturbano bonaerense que donde se desarrollan emprendimientos como Vaca Muerta en la provincia de Neuquén o el litio en el NOA. Referido al tipo de cambio, si suponemos que el mismo tendrá que ser «relativamente alto» (aunque con posibles vaivenes) en los próximos años, habrá que hacer un análisis minucioso de las industrias o sectores (como el software y el turismo, las industrias culturales, la gastronomía) que se pueden desarrollar y cuales no. Los primeros definirán el perfil productivo de una Argentina «posible» en cuanto a la generación de valor agregado sostenible. En cuanto a la tasa de interés no es sostenible la que rige hasta mediados de 2019 dado que imposibilita cualquier inversión o financiamiento razonable. Un tema no menor es -lamentablemente- el rol de algunas organizaciones sociales que se quedan con una parte o porcentaje de los programas que el estado le asigna a los trabajadores de esta economía popular.

(1) respecto de las prácticas solidarias de estudiantes universitarios, la Universidad de Buenos Aires, estableció en el 2011, que para los nuevos estudiantes -que comenzaran a partir de 2013 y antes de finalizar su carrera- debían realizar prácticas solidarias. A ese año la UBA tenía 308.748 estudiantes de grado. Suponiendo que en la actualidad tenga una cifra similar (aunque probablemente sea superior), podría ser un aporte muy importante -con la supervisión de docentes- en la capacitación y evaluación de trabajos -por ejemplo- en la rama de construcción (Facultades de Arquitectura y de Ingeniería) en la región metropolitana de Buenos Aires. Podría comenzar con el mejoramiento de las viviendas de los barrios populares con la ayuda de empresas, Municipios y/o Ministerio de Desarrollo Social (provincial y nacional) que aporten insumos y herramientas para dichas tareas. Luego de dicha experiencia podrían encarar trabajos para terceros y allí la Facultad de Ciencias Económicas podría colaborar en el armado de microemprendimientos. Estos antecedentes les podrían posibilitar ofrecer sus servicios en plataformas virtuales.

(2) En esta nota de la revista La Nación se plantea el retorno de oficios como herreros, carpinteros, restauradores de muebles, etc. no sólo para la economía popular sino también para la economía formal

PD: Sobre esta temática se puede ver lo desarrollado por el PEPTIS (en el marco de la UMET), donde se presentó el Cuadernillo 1 y el Cuadernillo 2, y el audio se puede escuchar en este link. También es interesante esta nota de Roberto Sansón Mizrahi (en Opinión Sur) y  esta mesa redonda. En cuanto a programas del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación esta temática está relacionada, como ya se ha expresado más arriba, con Potenciar Trabajo y Emprendedores y Cooperativas Sociales, que fue sustituido por dos nuevos programas.

Economias Paradisíacas

El tema del paraíso (en los términos de la tradición judeocristiana), lamentablemente, está lejano de la economía de este mundo. Se utiliza el término «paraíso fiscal» (*), según la OCDE (1), si la legislación de un país tiene los siguientes cuatro factores claves:

  • Si la legislación no impone tributos o estos son solo nominales. La OCDE reconoce que cada legislación tiene derecho a determinar si imponer impuestos directos. Si no hay impuestos directos pero sí indirectos, se utilizan los otros tres factores para determinar si una legislación configura un paraíso fiscal.
  • Si hay falta de transparencia.
  • Si las leyes o las prácticas administrativas no permiten el intercambio de información para propósitos fiscales con otros países en relación a contribuyentes que se benefician de los bajos impuestos.
  • Si se permite a los no residentes beneficiarse de rebajas impositivas, aun cuando no desarrollen efectivamente una actividad en el país.

En la fuente que se viene de mencionar, diferenciaba entre “paraísos fiscales” y “regímenes fiscales perniciosos”, entendidos, los primeros, como estados que carecen de sistema fiscal y, los segundos, como regímenes especiales dentro de estados con sistemas fiscales desarrollados, y que resultan beneficiosos para los no residentes.

Respecto de estos últimos, dicho documento de la OCDE decía que se caracterizaban por:

  • Nivel de tributación bajo o nulo.
  • Estanqueidad del régimen, bien sea objetiva, es decir, la que se produce cuando elos contribuyentes no residentes y que aplican el régimen privilegiado tienen prohibido el acceso al mercado interno del país; o bien subjetiva, es decir, aquella que existe cuando el régimen privilegiado excluye de su aplicación a los contribuyentes residentes.
  • Falta de transparencia del sistema fiscal a nivel legal, reglamentario y administrativo.
  • Limitación del intercambio de información fiscal al respecto del régimen privilegiado.

Ello dio origen a dos términos diferentes “tax heavens” (paraísos fiscales) y “tax havens” (cuevas o guaridas fiscales). Según este documento, esta última definición se la asocia a una “secrecy jurisdiction”.

En una serie de países se dan simultáneamente las dos situaciones: son paraísos fiscales (baja o nula tributación) y también son cuevas o guaridas fiscales (los últimos tres requisitos del documento de la OCDE). Ya sea en una u otra se establecen sociedades offshore. Según el Dr. Antonio H. Figueroa  (2) de cada “100 dólares colocados off shore el 65% pertenece a evasores de impuestos, el 32% a narcoterrorismo, etc. y el 3% a corrupción según informó en su oportunidad Tax & Justice Network. Del referido 67% la parte más importante, siempre así se lo estimó, corresponde a corporaciones, el resto a personas “humanas”.

Según este documento ”la postura de la OCDE al respecto de los requisitos para la consideración de un país o territorio como paraíso fiscal se verá modificada. Este cambio fue liderado por los Estados Unidos y se plasmó en el Informe “The OECD ́s Project on Harmful Tax Practices: the 2001 Progress Report”. La modificación supuso un cambio de los criterios, dándosele importancia en mayor medida a la opacidad de los regímenes y no a su bajo nivel de tributación, es decir, el criterio fundamental pasó a ser el del nivel de intercambio de información. Se consideró que lo que dotaba de carácter pernicioso a un sistema fiscal no era el hecho de que tuviera un bajo o nulo nivel de tributación o que no se exigiera la realización de actividad industrial, ya que estos aspectos son simples elementos de competencia; sino que lo verdaderamente perjudicial es la opacidad de dicho régimen. Como consecuencia de este cambio de criterio la OCDE comenzó a considerar paraísos fiscales a aquellos territorios con sistemas fiscales de baja o nula tributación y sin instrumentos internacionales de intercambio de información fiscal.

Tras las modificaciones introducidas por el informe del 2001, la inicial lista de paraísos fiscales redactada conforme a los criterios del informe de 1998, que incluía 35 jurisdicciones consideradas paraísos fiscales, se dividió en dos listas. Una de ellas incluía a los paraísos fiscales cooperativos, es decir, aquellos que habían cumplido con las exigencias de la OCDE sobre el intercambio de información fiscal, consistentes fundamentalmente en la firma de Acuerdos de Intercambio de Información o Convenios para evitar la Doble Imposición con una cláusula de intercambio de información. La otra lista incluía por contra a los paraísos fiscales no cooperativos, es decir, a aquellos que no habían cumplido las exigencias sobre intercambio de información de la OCDE anteriormente citadas”.

Paralelamente al incremento de la economía criminal en el mundo (narcotráfico, terrorismo, etc.), el crecimiento de este tipo de estados (en particular donde hay guaridas fiscales) se vio estimulado por el flujo de información digital, que permite trasladar dinero y conocimiento fácil y económicamente, en tiempo real.

El economista Vito Tanzi, las ha caracterizado como “termitas que forman parte de la evolución del ‘ecosistema’ de la globalización, y aún está por verse si en definitiva socavarán el edificio fiscal”. Cabe destacar que un dato histórico relevante a tener en cuenta en el ecosistema de la globalización, es la absolutización de la soberanía estatal que se generó con las reglas establecidas en el «Tratado de Utrecht«, entre 1713 y 1715,  que al decir del abad Saint-Pierre, se configuró en torno a estados unitarios o “nacionales”.

A nivel mundial vienen trabajando sobre esta cuestión la Alianza Global para la Justicia Fiscal y la Tax and Justice Networken América Latina la Red de Justicia Fiscal y en Argentina economistas como Jorge Gaggero.

Según este último economista, y en un artículo con Juan Valerdi, para un próximo artículo para “Voces en el Fénix”, señalan que “las amenazas de “volar con dinamita” las guaridas fiscales del presidente Sarkozy de Francia (apoyado por Ángela Merkel y el entonces titular del FMI Strauss Kahn) se toparon con la férrea defensa de la “hermandad anglosajona” (EEUU y el Reino Unido). Ese intento radical resultó, a través de la aceptación del G20, en un curso de acción mucho más moderado y mucho menos eficaz: el Proyecto BEPS (Base Erosion and ProfitShifting; Erosión de las Bases Tributarias y Fuga de Beneficios), cuyo diseño e implementación está a cargo del “club de los países ricos”, la OECD.

Ni la propuesta de Tanzi, ni la opción más moderada –como construcción institucional- que los países en desarrollo presentaron en Addis Abeba (Conferencia Internacional de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo, Julio de 2015) logró ser aprobada. Ella apuntaba a mejorar y potenciar el  Comité de Expertos sobre Cooperación Internacional en Cuestiones de Tributación” de la ONU. Los países ricos, en especial la “hermandad anglosajona”, se opusieron. Para peor, el pasado mes de junio la OECD dio a conocer una lista vacía de paraísos fiscales. Vale decir, para este organismo todas las jurisdicciones del globo serían “colaboradoras” en materia de información tributaria. En otras palabras, la OECD acaba de renovar las «patentes de corso» de las guaridas fiscales del mundo con un doble efecto: la continuidad de la piratería económica global (favoreciendo a grandes bancos y corporaciones multinacionales) y la promoción de la vida «carnavalesca» de los ricos globales”.

Los paraísos fiscales –y muy especialmente las guaridas fiscales- tienen como función esencial la protección de los “beneficiarios finales” (propietarios efectivos) de los activos (en particular de “ricos globales”). Es importante aclarar que para los países del «sur del mundo», la fuga de capitales (además de la evasión tributaria, cuando los fondos no están declarados) es el daño más relevante que resulta de la expansión continua del «mundo offshore». En cambio para los países centrales lo es el incumplimiento fiscal de los millonarios y las multinacionales (muchos de ellos, en especial UK y USA, son beneficiarios de la fuga de capitales del «sur»). Todo ello contribuye a incrementar la desigualdad a escala mundial. Se ha estimado que el monto de fondos mantenidos por individuos es estos lugares es aproximadamente de 11.5 trillones de dólares americanos. Usando esta estimación, de hace unos años, se calcula que la recaudación impositiva mundial pierde del ingreso proveniente de estos activos 255 billones de dólares cada año. Una mayor información se puede visualizar en este artículo de la revista Finanzas y Desarrollo del FMI.

Han habido avances internacionales para generar mayor blanqueo de capitales, derivados de la preocupación por los movimientos de fondos originados en el terrorismo y el narcotráfico. En el marco de la OCDE se han puesto en marcha de acuerdos para realizar intercambios automáticos de información financiera y tributaria con más de 100 países, que permitirán obtener información sobre cuentas bancarias de sus ciudadanos en países como Francia, Alemania, España, Italia, el Reino Unido, Luxemburgo y las islas Seychelles. A partir de 2018 y 2019 también deberán brindar información otros países famosos por ser paraísos fiscales, como Suiza y Panamá (sobre este último país ver el film «La lavandería» en Netflix).

En línea con estos acuerdos sería muy deseable seguir avanzando en aspectos como los siguientes:

  • que se desarrollen instituciones regionales y a nivel global que establezcan reglas que atiendan al bien común (en especial en los terrenos de la equidad y el medio ambiente), dado que sino no habrá cambios relevantes,
  • que las sociedades y personas que tienen fondos en paraísos fiscales, los tengan declarados en sus países, de modo que tributen en los mismos,
  • que todos los paraísos fiscales pasen a ser “cooperativos” eliminando el “secretismo” y la opacidad, y si no lo hacen tengan severas sanciones,
  • que se aplique la denominada «Tasa Tobin«, a nivel mundial, de modo de desestimular el movimiento especulativo de capitales, y los fondos recaudados se apliquen a los Objetivos de Desarrollo Sostenible ligados al combate de la pobreza y a la mitigación y reversión del cambio climático.
  • que los fondos de los denominados paraísos fiscales que se inviertan en los fines recién mencionados, y a desarrollo productivo de países emergentes, tengan un reembolso de dicha tasa Tobin como estímulo a que se canalicen de esta manera.

Sin duda lo anterior no es fácil, requiere de trabajosos acuerdos internacionales y superar intereses muy poderosos. Pero la movilización de las distintas fuerzas sociales y culturales de los distintos países, así como de diversas fuerzas políticas, nos pueden ayudar a converger a un mundo mejor en esta materia.

(1) Comité de Asuntos Fiscales de la OCDE: “Informe sobre el progreso realizado en la identificación y eliminación de las Prácticas Fiscales Perjudiciales”, Foro de Competencia Fiscal Perjudicial, junio del 2000.

(2) La referencia del Dr. Antonio H. Figueroa, surge de su trabajo: «El plan de acción OCDE contra la erosión de la base imponible y el traslado de los beneficios». BEPS (base erosion and profit shifting), Publicado el 7/10/2014 por Thomson&Reuters y Revista Impuestos. Editorial La Ley. 2014, donde cita a HENRY, James. Tax&Justice. The Price of Offshore Revisited. Democracy Now. Entrevista en programa de TV en USA del 31/07/2012 conducido por A. Goodman.

(*) Esta nota fue actualizada de su texto original en base a los aportes recibidos por Horacio Boneo (diferencia entre “tax heavens” y “tax havens” que se menciona en el primer comentario de más abajo), a una mención del Dr. Antonio H. Figueroa y a Jorge Gaggero (con distintas referencias y comentarios adicionales). Agradezco muy especialmente a ellos sus conocimientos y aportes que han permitido darle mayor precisión a lo que fue redactado originalmente. Luego de publicada se dió a conocer un documento del Vaticano sobre la economía mundial, donde se hace referencia a las finanzas off shore.