Sobre las ongs

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El asociativismo ha tomado y toma distintas modalidades. Entre ellas están las que se enfocan en modalidades «sin fines de lucro«. Unas de ellas son bajo la forma del mutualismo y de emprendimientos cooperativos, y otras son como asociaciones civiles y fundaciones que, en general, se las denomina organizaciones no gubernamentales, y se las incluye como parte del «tercer sector«.

Respecto de las políticas públicas hacia ellas podemos decir que la fundamental es una regulación que posibilite su creación y desarrollo para el cumplimiento de sus fines, y que los mismos no se distorsionen. Para ello la regulación y la organización del estado debe velar por un control adecuado. Las organizaciones no gubernamentales an Argentina están reguladas por el Código Civil y Comercial, y la ley de asociaciones civiles. En cuanto a las personas que hacen tareas de voluntariado social la ley que las rige es la 25855. Cabe destacar que en el mundo hay normativas muy avanzadas en este campo como las de España o Italia, y que son dignas de emular.

Hay distintos tipos de ongs en cuanto a su finalidad, organización, metodologías y alcance territorial. Más allá de su libre funcionamiento y autonomía en una sociedad democrática, se considera que sería deseable un cierto nivel de coordinación entre las que tienen finalidades y territorios similares a fin de no sólo evitar la rivalidad (en especial por recursos escasos) sino más bien para optimizar su accionar.

En lo que se refiere a la relación con el Estado, hay dos dimensiones a considerar:

  1. en el marco de las responsabilidades indelegables del estado y de la autonomía de las ongs, sería útil que se promoviera un enfoque de esfuerzos compartidos entre ambos en el ámbito nacional (en el caso de Argentina por ejemplo en el CENOC, que vayan más allá de su registración) y en particular en provincias y municipios, en acciones de desarrollo, de promoción social, en la salud, en la educación (por ejemplo en ayuda escolar), en recreación (por ejemplo en música y deporte), en medio ambiente….por citar sólo algunas de las dimensiones.
  2. el estado debe garantizar los recursos para las políticas sociales y de derechos a ser garantizados. Pero, en determinadas ocasiones, por razones de eficacia y eficiencia, la gestión estatal no es posible o conveniente de realizar y se puede requerir el auxilio de organizaciones sociales (evitando el clientelismo) para su prestación, con los debidos controles.

Por último cabe destacar que el desarrollo de plataformas como el de la ong quiero ayudar en Argentina, es un ejemplo para posibilitar articulaciones de ongs, una pluralidad de opciones de voluntariado así como de distintos aportes solidarios y de acciones orientadas al bien común en un lugar y sector concreto. Promover la participación ciudadana de diferentes maneras, no sólo espontáneas o informales, sino a través de organizaciones no gubernamentales, nos ayuda a converger hacia un mundo mejor.

PD: En países de lengua inglesa también se las denomina «charity organizations» (organizaciones de caridad), bajo la forma de asociaciones civiles o fundaciones.

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