Economía de Compliance

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El cumplimiento de las normas es fundamental para una vida civilizada y ciudadana de las personas y de las organizaciones. Es clave, no sólo para no recibir sanciones de la ley y del estado, sino también para su reputación social en general y en especial para las grandes empresas.

El origen de este término y este anglicismo, se puede situar a inicios del siglo XX con la creación de las Agencias Públicas de Seguridad en Estados Unidos (por ejemplo, Agencia de medicamentos y alimentos “Food and Drug Administration” creada en 1906).

Según esta fuente, «el Corporate Compliance es un conjunto de procedimientos y buenas prácticas adoptados por las organizaciones para identificar y clasificar los riesgos operativos y legales a los que se enfrentan y establecer mecanismos internos de prevención, gestión, control y reacción frente a los mismos.

El Compliance en muchos casos, y a tener de la evolución del marco legal a nivel mundial y la clara tendencia en este sentido, ha dejado de ser una opción voluntaria para muchas organizaciones y ha pasado a ser un requisito a integrar dentro de su estrategia y estructuras internas a fin de dar cumplimientos a los preceptos legales o bien poder protegerse ante situaciones de riesgo que pondrían en serios problemas la estabilidad y continuidad de la actividad de la organización.

Si bien el concepto del COMPLIANCE no es algo nuevo, la rápida y reciente evolución de la legislación internacional, combinada con el endurecimiento de las sanciones así como la relevancia que la propia legislación otorga hacia la toma de acciones preventivas de cumplimiento por parte de las organizaciones, ha hecho que el COMPLIANCE sea en la actualidad uno de las cuestiones más novedosas e incipientes a incorporar en las estrategias de gestión y visión de cualquier organización.

¿Por qué lo necesitamos?. El entorno legislativo en el que la empresa desarrolla sus actividades es cada vez más abundante y complejo. El nivel de beligerancia de las autoridades y organismos regulatorios es cada vez mayor y el impacto de la regulación es más intenso que nunca.  Por ello, y por los recientes escándalos societarios y el innegable incremento de la sensibilidad social respecto de la ética de los negocios, un mayor número de organizaciones públicas y privadas internalizan estándares éticos y legales como protocolos de buen gobierno de obligado cumplimiento.

Los riesgos a prevenir son aquellos que conllevan consecuencias como el daño reputacional, la imposición de importantes multas y sanciones, las pérdidas de negocio por contratos no ejecutables o la exclusión de licitaciones o subvenciones públicas, entre otras.»

Hay una norma ISO, la 37301 del 2021, que estipula claramente en qué consiste y el protocolo de su aplicación. Hay países como Alemania, que han establecido por ley “la debida diligencia corporativa en la cadena de suministro (“Lieferkettensorgfaltspflichtengesetz”). Fue aprobada en junio 2021 obliga a las empresas que operan en dicho país a identificar los riesgos de abusos de los derechos humanos y en el medioambiente en la actividad de sus proveedores.

Seguramente se irá extendiendo a la mayor parte de las economías, y habrá que tenerlas muy en cuenta.

PD: Esta nota ha sido inspirada por los escritos de la Dra. María Marta Preziosa, que ha publicado numerosos ensayos y artículos sobre esta temática. Por si citar uno de los más recientes: «El quiebre entre filosofía y empresa», Revista Criterio, Nª 2497, Mayo 2023.

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